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Alta como autónomo de responsabilidad limitada

  • Por Autónomo
  • 29 ene, 2023

En concreto, en el autónomo o emprendedor de responsabilidad limitada queda libre de responsabilidad por las deudas derivadas de su actividad la vivienda habitual, hasta el límite de 300.000 €, o 450.000 € en caso de poblaciones de más de 1 millón de habitantes

Alta como autónomo de responsabilidad limitada

Uno de los principales temores que experimenta cualquier autónomo es la responsabilidad derivada de sus múltiples relaciones jurídicas. Por regla general, el autónomo, por sus vinculaciones contractuales (aunque también pueden existir responsabilidades extracontractuales) responderá del cumplimiento de sus obligaciones dimanadas del desarrollo de su actividad económica, ya sea profesional o empresarial, con el conjunto de todos sus bienes, tanto los actuales como los futuros, excepto que el incumplimiento contractual se deba a un caso fortuito o por fuerza mayor. Tener que cargar con la citada responsabilidad patrimonial personal y universal conlleva un freno destacable en el momento de darse de alta como autónomo. En determinados casos el miedo a perder parte del patrimonio personal provocará replantearse el emprendimiento de muchos interesados en iniciar un negocio.

La alternativa tradicional ha sido la constitución de una sociedad mercantil, y más en concreto una Sociedad Limitada. Con esta fórmula, la responsabilidad se limita a la propia sociedad, en tanto que tratándose de un ente con personalidad jurídica propia puede ser titular de obligaciones y derechos.

Con la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, surgió la opción de darse de alta como emprendedor de responsabilidad limitada (ERL por sus siglas). Con esta medida se dio una solución parcial a la problemática del autónomo de perder su patrimonio personal. Y decimos parcial puesto que existen una serie de limitaciones que en ningún caso limitan la responsabilidad como sí lo hace la creación de un ente con forma societaria.

En concreto, en el autónomo o emprendedor de responsabilidad limitada queda libre de responsabilidad por las deudas derivadas de su actividad la vivienda habitual, hasta el límite de 300.000 €, o 450.000 € en caso de poblaciones de más de 1 millón de habitantes. En lo concerniente al resto de bienes del emprendedor se mantienen afectos a la responsabilidad que pudiera producirse de la ejecución de su actividad empresarial o profesional.

 

Procedimiento de alta del ERL

Para darse de alta el interesado deberá ser persona física y mayor de edad, y por supuesto poder disponer libremente de sus bienes, de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Código de Comercio.

El procedimiento de alta es el habitual en la práctica totalidad de los puntos, exceptuando la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Mercantil. La fecha a partir de la cual tiene limitada

Su responsabilidad coincide con el momento de la inscripción o inmatriculación en el Registro Mercantil, no con el de la posible alta a efectos de Hacienda o la Seguridad Social.

El alta a través del DUE también contempla la figura del Empresario de Responsabilidad limitada, permitiendo la tramitación de la inscripción registral. Se deberá indicar específicamente el Identificador Único de la Finca Registral (el conocido como IDUFIR), la referencia catastral y la valoración de la finca conforme a los preceptos de cálculo de la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Ventajas del autónomo de responsabilidad limitada

  • La tranquilidad de saber que la vivienda habitual no se puede perder por una ilimitación de la responsabilidad del negocio (hasta 300.000 € o 450.000 € en municipios de más de 1.000.000 habitantes)
  • No hay que constituir ninguna sociedad.
  • Sin obligación de aportar capital social.
  • Según ciertos estudios la mención de Empresario de Responsabilidad Limitada otorga mayor confianza a los stakeholders de la empresa.

Inconvenientes de darse de alta como autónomo de responsabilidad limitada

  • Obligación de llevar una contabilidad financiera, y legalizar y depositar las Cuentas Anuales de cada ejercicio, lo que conlleva mayores gastos de gestión (propios o de asesoría y gestoría)
  • Exigencia de inscripción en el Registro Mercantil del empresario de responsabilidad limitada.
  • Obligatoriedad de inscripción en el Registro de la Propiedad de la condición de ERL en el inmueble.

 

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de cuota de autónomos un emprendedor de responsabilidad limitada?

La misma cantidad que un autónomo no-RL, es decir, desde 60 € al mes para los primeros meses de actividad. No existe una cuota específica.

¿Puede un emprendedor de responsabilidad limitada tributar por módulos?

Sí, el régimen de estimación objetiva tiene cobertura en el ERL. Para el depósito de cuentas existe un modelo estandarizado con la doble vía fiscal y mercantil.

¿Las deudas tributarias y con la Seguridad Social están incluidas en la limitación de la responsabilidad?

No, es una de las excepciones a la limitación de la responsabilidad. Cuando habiendo pasado 2 años desde la diligencia de embargo inicial no hubieran suficientes bienes o derechos para cubrir la deuda, no se limita la vivienda. La otra excepción serán aquellos casos de fraude o negligencia grave.

¿Puede un autónomo ya existente transformarse en autónomo de responsabilidad limitada?

Sí, un autónomo que ya está dado de alta puede informar a través del modelo 036 de su paso a ERL, así como deberá informar, tal y como venimos advirtiendo durante todo el artículo, en el Registro Mercantil y este dará traslado al Registro de la Propiedad.

 

Por José Andrés Martín Pérez 10 may, 2024
En el enlace que tenéis abajo encontrareis información de, que hacer para inscribirse como persona autónoma, y si ya lo eres información muy útil de  lo relacionado con la seguridad social con el desarrollo de tu actividad, cuotas, baja, modificación de datos, base de cotización y rendimientos, vida laboral y mucho mas.
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